La policía de la moda en la Italia del siglo XVI | Alejandro Gamero

Retrato de Anthony van Dyck de la familia Lomellini en Génova, 1623 (

El 15 de septiembre de 1595, un genovés llamado Salvagio de Aste fue descubierto infringiendo la ley mientras paseaba por la plaza de San Siro. Los archivos estatales de la ciudad describen con precisión cómo iba vestido: «una gorra bordada, un jubón de seda de muchos colores con botones dorados en las mangas, dos anillos con piedras blancas en los dedos, un jubón y calzas bordadas en seda negra». El detalle de su atuendo no era casualidad: su costosa vestimenta era su delito. Su traje, profusamente adornado, no cumplía con las leyes suntuarias que regulaban lo que se podía vestir, así como el uso de las joyas o de los medios de transporte ostentosos. Los magistrados suntuarios, que patrullaban las calles y las plazas de la ciudad actuando como árbitros del nivel de ostentación apropiado, funcionaban como verdaderos policías de la moda.

Italia no fue la única que tuvo leyes suntuarias: la obsesión por legislar contra la ropa costosa se extendió por toda Europa durante la Edad Media. En Inglaterra, Jacobo VI abolió las leyes suntuarias en 1604, pero se siguió controlando la vestimenta por otros medios. El punto de partida de esta singular medida era, por una parte, que los artículos de lujo podían dañar la moral de quienes los poseían. Es decir, que la moda era vista como inmoral y su naturaleza transitoria avivaba un deseo adquisitivo de nuevos bienes. Sin embargo, también había motivos económicos. Una ley genovesa del siglo XV lamentaba la gran cantidad de dinero que estaba muerto, invertido en ropa y joyas, en lugar de ser utilizado con fines comerciales, lo que sí daba beneficios. Tanto es así que algún historiador académicos ha argumentado que estas leyes eran un impuesto indirecto sobre la riqueza, partiendo del supuesto de que los ricos estarían dispuestos a pagar para eludirlas.

El problema es que no se ha conservado mucha pruebas de cómo se aplicaron estas leyes, por lo que es difícil saber cómo funcionaban y si lo hicieron. Esto es lo que hace que los registros suntuarios genoveses sean tan especiales: nos dan una idea de estas leyes y de la ropa que se perseguía, haciéndonos una idea de quién llevaba qué, cuándo y dónde.

Los registros sugieren que los residentes de Génova ignoraban habitualmente las leyes suntuarias. En los cuatro años comprendidos entre 1594 y 1598, los magistrados registraron más de 560 infracciones de las normas. El arrogante Salvagio estaba entre los reincidentes. Tres días después de haber sido amonestado, estaba de regreso en San Siro vestido exactamente con el mismo traje. Los magistrados suntuarios se vieron atrapados en una especie de juego del gato y del ratón con los dandies de Génova, que desafiaban y subvertían las reglas. El irresponsable Salvagio violó la ley al menos cuatro veces más, lo que sugiere que la multa que se le imponían no le disuadía. Es probable que las multas impuestas fueran modestas en comparación con el costo de las prendas infractoras.

Según Giulia Galastro, de Universidad de Cambridge, que ha estudiado bien el caso de Génova, los infractores masculinos superan en número a las mujeres: 289 hombres frente a 242 mujeres. Sin embargo, si nos centramos en los delitos relacionados con la vestimenta, la disparidad es más sorprendente: 269 hombres frente a 99 mujeres. En otras palabras, hubo casi tres veces más hombres que mujeres que infringieron la ley sobre la vestimenta.

Las infracciones de las leyes suntuarias no solo correspondían a la élite: los artesanos también estaban bajo vigilancia. Algunos fueron sorprendidos por los magistrados cuando confeccionaban ropa de lujo. Para muchos de ellos la ley suntuaria supuso un duro golpe, ya que gran parte de su sustento dependía de la fabricación de artículos de lujo. Y es que más de la mitad de la población genovesa estaba involucrada en la producción de prendas de vestir, lo que deja entender la importancia que tenía la ropa en la sociedad de la época.

Delicatessen.uy publica esta nota con expresa autorización de su autor. Originalmente aquí